domingo, diciembre 22, 2024

El Gobierno convoca ayudas para la compra de suelo urbano destinado a la construcción de viviendas protegidas

Vivienda ha presupuestado dos millones de euros para la convocatoria de este año

El BOC publica en su edición del lunes, 8 de julio, las bases y convocatoria del Instituto Canario de Vivienda, de las ayudas dirigidas a subvencionar el coste de la compra de suelo urbano consolidado, o derechos de superficie sobre el mismo, para la construcción de viviendas protegidas que se destinarán a la venta o alquiler a personas inscritas en el Registro General de Demandantes de Vivienda protegida. La convocatoria de este año prevé una inversión total de dos millones de euros.

Las subvenciones serán de hasta 250.000 euros por promotor y variarán según el número de viviendas que se vayan a levantar y si el destino es para el alquiler o la venta. Por cada vivienda a construir para la venta se concederán 10.000 euros y para el alquiler 12.000 euros.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas, las personas jurídicas, las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por las Administraciones Públicas, las asociaciones y fundaciones públicas, las entidades del tercer sector de acción social, las empresas de economía social y las cooperativas de viviendas.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín, es decir el 29 de julio.

Las viviendas a construir deberán destinarse a la venta o al alquiler a personas inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda Pública de Canarias, que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente para el acceso a viviendas protegidas de promoción privada, en régimen especial

En el caso de destinarse al alquiler, lo serán por un plazo mínimo de 10 años, y podrá establecerse un contrato de arrendamiento con opción a compra, característica que vendrá expresamente reflejada tanto en la clasificación provisional como definitiva.

Al menos un 4% de las viviendas que se construyan deberán cumplir las características constructivas y de diseño adecuadas, que garanticen el acceso y desenvolvimiento cómodo y seguro de las personas con discapacidad.

La adquisición del suelo o del derecho de superficie debe haberse producido mediante título público o privado de compraventa, entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de noviembre de 2019

La calificación provisional y el inicio de la construcción de las viviendas protegidas de nueva construcción se deberá iniciar en el plazo de 12 meses contados desde el abono de la subvención.

El promotor vendrá obligado a ejecutar la obra y obtener la Calificación Definitiva de la Promoción en el plazo de 36 meses a partir del otorgamiento de la calificación provisional

Fuente: Qué!

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