- El Gobierno de Canarias ha detallado que en las playas solo se excluye el uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal
- Canarias prohíbe fumar en la calle si no hay distancias, cierra discotecas y obliga a usar mascarillas siempre
El Boletín Oficial de Canarias publica este viernes las nuevas medidas para frenar el aumento de los contagios por coronavirus en Canarias, que supera el medio millar de casos activos como sucediera en la segunda semana de confinamiento. Tras la rueda de prensa del presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres, anunciando que las mascarillas serán obligatorias, la prohibición de fumar en la calle si no es posible mantener la distancia de seguridad, las restricciones impuestas a los locales de ocio nocturno o la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas, en un comunicado, el Ejecutivo regional ha ofrecido más detalles sobre las iniciativas que se aplican en las Islas.
Mascarillas
En todas las playas del Archipiélago, y también en las piscinas, será obligatorio el uso de la mascarilla, que solo se excluye durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes. En los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en esos espacios e instalaciones, también se debe llevar puesta.
En general, todas las personas de seis años en adelante tienen la obligación de usar mascarilla en “la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, o en el que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros”, según la nota.
Esta debe cubrir, durante todo el tiempo, la nariz y la boca completamente y tendrá que estar adecuadamente ajustada a la nariz y a la barbilla, de modo que impida la expulsión de secreciones respiratorias al entorno.
Además, también será obligatoria en los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y cafeterías. Solo se excluye la obligación de su uso en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.
En los centros educativos no universitarios no será obligatoria la mascarilla cuando se trate de los grupos de convivencia estable entre escolares y en el resto de grupos, cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de al menos 1,5 metros.
El Gobierno de Canarias, a instancias de la Consejería de Sanidad, recomienda la utilización de mascarilla también en los espacios privados, “tanto abiertos como cerrados, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia”.
Se excluye la obligación del uso de mascarilla en los supuestos previstos en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19. Esto es, «para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias».
Ocio nocturno
Solo se permite a los locales de ocio nocturno abrir exclusivamente en sus espacios abiertos, tipo terraza y el consumo deberá realizarse sentado o de pie y siempre en reservados nominativos. El acceso será mediante grupos de hasta diez personas de su entorno social o familiar y será directamente servido en cada reservado. En todo caso, el aforo en terrazas al aire libre, discotecas y ocio nocturno será como máximo del 75%. Además, habrá que mantener la distancia interpersonal y el uso de la mascarilla.
En su caso, el personal de seguridad velará por que se respete la distancia interpersonal de seguridad y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones, prestando especial atención a las zonas de acceso e inmediaciones, así como a cualquier otra zona donde no se respete la distancia interpersonal de seguridad.
Restauración
En la nota, el Ejecutivo regional explica que se modifica la norma anterior respecto a los aforos en bares y restaurantes, pues la ocupación máxima de mesa o agrupación de mesas será de diez personas, tanto en el interior como en el exterior de los locales.
Se mantiene la distancia de separación de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en la barra entre clientes o grupos. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas en interior y exterior será también de diez personas. En todo caso, los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación.
Fumar
El presidente Torres también desveló que Canarias será la segunda comunidad autónoma, después de Galicia, en aplicar la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios de uso público donde no se pueda mantener la distancia física de 1,5 metros, atendiendo al riesgo de contagio de la COVID-19 que puede implicar el humo. Si bien esta premisa genera dudas entre los expertos por la falta de evidencia científica al respecto.
Otras medidas
El Gobierno ha anunciado que prohíbe también los encuentros y las fiestas en embarcaciones recreativas donde no se pueda mantener la distancia de seguridad. Y la celebración de verbenas y fiestas populares seguirán sin autorizarse, dada la evolución epidemiológica actual.
Por último, el presidente anunció una especial atención a las residencias de mayores, lo que implica un cribado tanto de residentes como de trabajadores.
Fuente: El Diario